Colonya Caixa Pollença

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Atención al cliente

Colonya, Caixa Pollença, dispone de un Servicio de Atención al Cliente encargado de atender y resolver las cuestiones y reclamaciones de sus clientes. Las mencionadas quejas y reclamaciones podrán formularse por escrito, si quieren, pueden descargar y rellenar este formulario remitiéndolo por:

Correo Postal: Servicio de Atención al Cliente de Colonya, Caixa Pollença, SSCC. Plaza Mayor, 7. Pollença. 07460, Islas Baleares.

E-mail: sac@colonya.es

También pueden usar nuestro formulario on-line.

* Sus quejas y reclamaciones, serán atendidas y resueltas en el plazo máximo de DOS MESES desde su recepción, cumpliendo con la directriz establecida en la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.

* En cualquier caso, la presentación de las quejas y reclamaciones se tendrán que efectuar de acuerdo con lo estipulado al efecto en el "Reglamento para la defensa del cliente de Colonya, Caixa d’Estalvis de Pollença" que ponemos a su disposición en cumplimiento de la legislación vigente.

Si usted interpone una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Colonya, Caixa Pollença y la respuesta no le resulta satisfactoria o bien ha transcurrido un plazo de dos meses desde la presentación de la reclamación sin haber recibido respuesta, podrá dirigirse a los "Servicios de Reclamaciones de los Supervisores Financieros" que correspondan en función de la materia que se trate. En este sentido la ORDEN ECO/734/2004 reitera la necesidad de recurrir antes al Servicio de Atención al Cliente de su entidad. 


Banco de España:

On-line: 

Oficina Virtual de Reclamaciones del Banco de España


Para rellenar e imprimir:

PERSONA FÍSICA y JURÍDICA: Formulario reclamaciones - quejas
Dirección Postal: Calle Alcalá, 48. 28014 Madrid.
Página Web: www.bde.es

 

Comisión Nacional del Mercado de Valores:

Por escrito:

PERSONA FÍSICA y JURÍDICA: Formulario reclamaciones - quejas

Dirección Postal: Calle Edison, 4. 28006 Madrid. Página Web: www.cnmv.es

Normativa de transparencia y protección del cliente de servicios financieros

Normativa General de Protección de los Consumidores y condiciones de contratación:

  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación

Préstamos hipotecarios:

  • Ley 2/1994 de 30 de marzo () sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios.
  • Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito .
  • Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.
  • Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.
  • Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo.

Crédito al consumo:

  • Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de Crédito al Consumo.

Normativa general sobre servicios bancarios:

  • Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores
  • Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios.
  • Circular 6/2010, de 28 de septiembre, del Banco de España, a entidades de crédito y entidades de pago, sobre publicidad de los servicios y productos bancarios.
  • Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre del Ministerio de Economía y Hacienda, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
  • Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.
  • Real Decreto-ley 6/2013, de 22 de marzo, de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero.

Servicios de Pago

  • Ley 16/2009 de 13 de noviembre, de Servicios de Pago.
  • Real Decreto 712/2010, de 28 de mayo, de régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago.
  • Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago.
  • Reglamento (UE) 260/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, y se modifica el Reglamento (CE) 924/2009.

Servicios de inversión:

  • Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
  • Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la
  • Circular 7/2011, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre folleto informativo de tarifas y contenido de los contratos tipo.
  • Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros.

Servicio de atención al cliente y defensor del cliente:

  • Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible.
  • Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Pensiones.

 

 

Información relativa al Real decreto Ley 1/2017

El pasado día 21 de enero se publicó en el BOE el Real-Decreto Ley 1/2017, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, que establece un procedimiento extrajudicial para tramitar las peticiones de devolución de cantidades satisfechas por aplicación de la cláusula suelo.

Si usted, como consumidor, cree que no fue debidamente informado y está interesado a tramitar su solicitud de forma extrajudicial, lo puede hacer, de forma gratuita, conforme al procedimiento previsto al citado Real decreto-Ley.

Le informamos que la reclamación puede presentarse directamente en cualquiera de nuestras oficinas.

Además, Colonya ha establecido un servicio específico de atención de las reclamaciones de los consumidores, que tiene como dirección postal:

Servei de reclamacions RDL 1/2017

Plaça Major, 7-2º, 07460 Pollença

Y como dirección de correo electrónico: reclamacionsRDL12017@colonya.es

La reclamación tendrá que ser atendida y resuelta en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de su presentación.

Le advertimos que las devoluciones que en su caso puedan acordarse, podrán generar obligaciones tributarias y serán comunicadas a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).

Pollença, a 21 de febrero de 2017.